miércoles, 9 de marzo de 2011

A PARTIR DE HOY


Requisitos exigidos para la obtención del pasaporte.

Tal como adelantáramos en nuestra anterior edición, a partir de hoy 9 de marzo, se puede tramitar el pasaporte en el Registro Civil de Carlos Casares. Para aquellos que no están en conocimiento de los requisitos exigidos para la obtención o renovación del pasaporte, a continuación los detallamos, contestando a las preguntas más frecuentes.

1. ¿Quién expide el Nuevo Pasaporte?

Desde el día 9 de marzo de 2011 el Nuevo Pasaporte es expedido por el Registro Nacional de las Personas, dependiente del Ministerio del Interior, al igual que el Nuevo DNI.

2. ¿Debo cambiar mi Pasaporte actual?

No, si tu pasaporte se encuentra vigente y en buen estado de conservación no es necesario cambiar tu actual pasaporte.

3. ¿Cuánto demora la entrega del Nuevo Pasaporte?

El Nuevo Pasaporte, al igual que el Nuevo DNI, se entrega en el domicilio del titular, dentro de los 15 días de haberse tramitado en las oficinas digitales o Centros de Documentacion Rápida de todo el país.

4. Si inicié mi trámite de pasaporte antes del 9 de marzo de 2011, ¿debo iniciarlo nuevamete?

NO. Tu trámite de pasaporte está vigente y es válido. Debes aguardar que llegue a tu domicilio o adonde hayas indicado al momento de iniciarlo en una dependencia policial.

5. ¿Qué ventajas tiene respecto del Pasaporte emitido por la Policía Federal Argentina?

La toma del trámite para la obtención del Nuevo Pasaporte, emitido por el Registro Nacional de las Personas, se realiza totalmente en forma digital, reduciendo considerablemente el tiempo de tramitación y de entrega en el domicilio.

6. ¿Qué documentación debo presentar para obtener el Nuevo Pasaporte?

Los requisitos varían de acuerdo a tu edad. Si sos menor de 16 años debés concurrir acompañado por alguno de tus padres y presentar tu DNI y tu partida de nacimiento. Si eres mayor de 16 años y nunca hiciste el trámite de actualización de 16 años de tu DNI, debes presentar tu partida de nacimiento. Si ya realizaste el trámite de actualización de 16 años, debes presentarte solo con tu DNI.

7. Si extravío, pierdo, me roban o hurtan el Pasaporte, ¿debo solicitar un nuevo Pasaporte?

SI. Solo recuerda que al momento de realizar el trámite de Pasaporte en las oficinas digitales y Centros de Documentacion Rápida, el oficial público te solicitará obligatoriamente el certificado con la respectiva denuncia.

8. ¿El Nuevo Pasaporte tiene vencimiento?

SI. El Nuevo Pasaporte vence a los 10 años desde su fecha de emisión por parte del Registro Nacional de las Personas.

9. ¿Cuál es el costo del Nuevo Pasaporte?

El Nuevo Pasaporte tiene un costo de $ 130 (pesos ciento treinta)

10. ¿Debo pagar por recibir el Nuevo Pasaporte en mi domicilio?

NO. La entrega del Nuevo Pasaporte en tu domicilio no tiene costo adicional. Está incluida en el costo del mismo.

13. Si no estoy en mi domicilio en el momento que me entregan el Nuevo Pasaporte, ¿lo puede recibir otra persona?

SI. Cualquier persona mayor de 18 años edad puede recibir tu Nuevo Pasaporte en el domicilio indicado, siempre que exhiba ante el cartero la constancia de Nuevo Pasaporte en trámite y un documento que indique su identidad.

12. Si no hay nadie en mi domicilio para recibir el Nuevo Pasaporte, ¿adónde debo dirigirme para retirarlo?

A la oficina del Correo Argentino más próxima a tu domicilio. Allí tendrán en guarda tu Nuevo Pasaporte para entregártelo en caso que no haya sido posible entregarlo en tu domicilio.

13. ¿Cuánto tiempo dispongo para retirar el Nuevo Pasaporte de la oficina del Correo Argentino?

La oficina del Correo Argentino tendrá en guarda el Nuevo Pasaporte por un plazo de 90 días corridos.

14. ¿Cuándo no es posible emitir un Nuevo Pasaporte a un ciudadano argentino?

Todos los ciudadanos argentinos tienen derecho a obtener el Nuevo Pasaporte siempre que NO se encuentren en alguno de los siguientes casos:

•Haber sido condenado a penas o medidas de seguridad que conlleven la privación o limitación de su libertad de residencia o de movimientos (mientras no se hayan extinguido) SALVO que obtengan autorización del órgano judicial competente.

•Cuando la autoridad judicial haya prohibido su expedición o la salida del país respecto al interesado que se halle inculpado en un proceso penal.

15. ¿Sigue existiendo la cédula?

No.